Código de Conducta
(basado en el C.C. y texto original de ACEIA):
Cada miembro de esta asociación, cumplirá, no solo en la letra si no también en el espíritu el siguiente Código de Conducta:
- El Centro se esforzará por mantener y, en lo posble mejorar, la calidad de su enseñanza, así como de los demás servicios que ofrece en el momento de asociarse.
- Facilitará al público en todo momento una información completa, real y verificable sobre las características del Centro y su funcionamiento didáctico.
- Asímismo, pondrá a disposición de sus alumnos antes de su matriculación todo lo referente a la forma de cobro de sus honorarios, regimen de altas y bajas, precios y lo que incluyen, posibles "extras" y, en general todas las condiciones que rigen las relaciones Centro-Alumno.
- Los certificados o diplomas que expida el Centro obedecerán a un criterio real y solvente de evaluación, y el Centro informará verazmente sobre el grado de validez de acuerdo con la legislación vigente.
- El profesorado constará de personas competentes y especializadas en la enseñanza de los idiomas que imparte.
- El centro acatará e implmentará las directrices dadas por los órganos competentes de ACEIPAL que le afecten.
- El Comité Directivo procurará resolver con la máxima celeridad e imparcialidad las reclamaciones recibidas de alumnos matriculados en Centros Asociados en relación con este código.
- El Centro se somete expresamente a la decisión final, tras las debidas advertencias y audencias previas de la Asamblea General de la Asociación en los contenciosos surgidos a raíz del código.
- El Centro cumplirá, en lo demás, todos los requisitos que le imponga la legislación vigente sobre este tipo de centros y que no se hallen recogidos aquí.
- Este código se exhibirá en lugar público en cada centro ACEIPAL.